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domingo, 5 de noviembre de 2017

LA GUARDIA CIVIL EN LA MAR: PASADO, PRESENTE Y FUTURO.

Conferencia impartida por Jesús Núñez en el Almuerzo-Coloquio organizado por el PROPELLER CLUB DE ALGECIRAS, que preside Juan A. Ureta Pérez, y celebrado el 3 de noviembre de 2017 en el Hotel "Alborán" de Algeciras.

Resumen.

Un recorrido histórico desde la creación del Cuerpo de Carabineros de Costas y Fronteras, por Real Decreto de 9 de marzo de 1829 (Art. 2. Para la seguridad y vigilancia de las costas y fronteras, hacer la guerra al contrabando, prevenir sus invasiones y reprimir a los contrabandistas, y para afianzar con respetable fuerza a favor de la industria y comercio nacionales, la protección y fomento que procuran las leyes de Aduanas, se organizará un Cuerpo Militar con este especial instituto que se denominara Cuerpo de Carabineros de Costas y Fronteras), con su vinculación al Resguardo Marítimo (Art. 164. El Resguardo marítimo comprende dos ramos: 1º- El Resguardo especial de alta mar, formado por buques guarda-costas. 2º- El Resguardo de puertos, formado por embarcaciones menores ocupadas a estrecha inmediación de la tierra en explorar de continuo su contorno, calas y arribadas. Art. 167. Debiendo obrar esta fuerza en estrecha combinación con el Cuerpo de Carabineros, estará a las órdenes de los comandantes, capitanes o tenientes comandantes de Carabineros) hasta que al entrar en vigor la Ley de 15 de marzo de 1940, de reorganización del Cuerpo de la Guardia Civil, éste se hizo cargo de los cometidos de aquél (Art. 4. Se suprime la actual Inspección General de Carabineros, cuyos cometidos y funciones se agruparan en una sola sección de la Dirección General de la Guardia Civil, a cuyo Director General pasarán las atribuciones conferidas actualmente al Inspector General de Carabineros. Art. 5. Al Cuerpo de la Guardia Civil le corresponde la vigilancia de las costas y fronteras, la persecución del contrabando y fraude), que desarrolló en cuanto a Resguardo Marítimo en su Reglamento para el Servicio de 14 de mayo de 1943 (Capítulo 18. Del servicio a bordo de los buques. Capítulo 20. Del servicio de las Fuerzas de Mar en las bahías) y se materializó con la creación de los Puestos de Marinos que existieron encuadradas en las Unidades Territoriales del Reguardo Fiscal hasta su desaparición por Orden General del Cuerpo núm. 56, de 13 de septiembre de 1994.

Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Art. 11. Corresponde a la Guardia Civil proteger el libre ejercicio de los derechos y las libertades y garantizar la seguridad ciudadana en el mar territorial nacional) se convierte entonces en una Policía Marítima integral que se hace realidad con la creación del Servicio Marítimo de la Guardia Civil por Real Decreto 246/1991 22 de febrero (Art. 1. Las funciones que la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, atribuye al Cuerpo de la Guardia Civil se ejercerán en las aguas marítimas españolas hasta el límite exterior del mar territorial determinado en la legislación vigente y excepcionalmente, fuera del mar territorial, de acuerdo con lo que se establece en los tratados internacionales vigentes. Art. 2. En el ejercicio de sus funciones como Resguardo Fiscal del Estado y de las de prevención y represión del contrabando, la Guardia Civil se ajustará a las instrucciones que, conjuntamente, dicten los Ministerios de Economía y Hacienda y del Interior. Art. 3. Corresponde al Gobierno o, en su caso, al Ministro de Defensa determinar las misiones de carácter militar que deba prestar la Guardia Civil en las aguas marítimas españolas).

Con la aprobación en el año 2013 por el Presidente del Gobierno de España, de la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional, que desarrolla las previsiones de la Estrategia de Seguridad Nacional de ese mismo año y las adapta a las exigencias especiales del ámbito marítimo, en línea con otros instrumentos estratégicos en el ámbito internacional, se ha acreditado y fortalecido el importante papel a desarrollar y ejercer por el Cuerpo de la Guardia Civil, cuyo General Jefe de la Jefatura Fiscal y Fronteras, como representante del Ministerio del Interior, es uno de los miembros del Consejo Nacional de Seguridad Marítima, creado por Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional del 5 de diciembre de 2013. 


La Guardia Civil, a través de su Servicio Marítimo, mantiene en la mar territorial en el ámbito nacional y en aguas extranjeras, en el ámbito internacional, una sólida, eficaz y trascendental presencia, en aplicación de la legislación vigente y fruto de los numerosos acuerdos con otros países, bien bilateralmente o participando en las actividades y operaciones coordinadas por lAgencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea (FRONTEX).

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